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Informamos a todo el Personal de la empresa con derecho al bono de escolaridad.
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La Asignación de Escolaridad se pagará, por cada hijo estudiante carga legal vigente que tenga entre 5 años cumplidos y que no haya cumplido los 24 años al 30/11/2015.
Para las personas que sus hijos se encuentren entre las edades de 6 a 16 años al 30/11/2015, la cancelación de esta asignación será en forma automática en la remuneración del mes de Noviembre, sin necesidad de presentar documentación.
[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row][vc_row][vc_column width=”1/3″][vc_column_text]
Sólo se exigirá fotocopia de boleta de matrícula año 2016 o certificado de alumno regular año 2016 a las personas cuyos hijos tengan edades que NO se encuentren en el segmento de edad antes mencionado.
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No deben enviar Certificado de Alumno regular 2015, ya que no sirven para este proceso, deben esperar a obtener certificado de alumno regular 2016.
[/vc_column_text][/vc_column][vc_column width=”1/3″][vc_column_text]
Para estas personas el plazo máximo de envío de documentación será de 150 días corridos contados desde el 01/11/2015, es decir, este beneficio vence impostergablemente el 31 de Marzo del 2016.
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Procedimiento para el pago de los trabajadores cuyos hijos NO se encuentren en el rango de 6 a 16 años:
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I.- Plazo de presentación de documentos:
a.- Hasta el día 10 de cada mes. En este caso el bono de escolaridad será pagado dentro de la remuneración de ese mismo mes.
b.- Entre el día 11 y 31 de cada mes. En este caso el bono de escolaridad será pagado en la remuneración del mes siguiente.
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II.- Tramitación de reconocimiento de carga legal:
Procedimiento para solicitar la incorporación, renovación o disminución de una Carga Familiar legal.
El trabajador deberá ceñirse al siguiente procedimiento:
Al momento de solicitar el reconocimiento de una carga legal, el trabajador deberá presentar en CSC RR.HH. la siguiente documentación:
• Solicitud de Asignación Familiar y maternal.
• Declaración Jurada de Ingresos de Nuevos Beneficiarios.
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A continuación se encuentra un detalle de cómo obtener y completar cada uno de estos documentos:
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1) Solicitud de Asignación Familiar y maternal: Para obtener este documento deberá hacer un clic en el siguiente título:
Solicitud de Asignación Familiar y Maternal
Una vez impreso el formulario, el trabajador deberá llenarlo correctamente tanto en el casillero Identificación del beneficiario como en el de Identificación de Causantes, para posteriormente firmarlo.
En este documento los causantes de Asignación Familiar deben firmar en el casillero declaración Jurada del causante.
[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row][vc_row][vc_column][vc_empty_space][/vc_column][/vc_row][vc_row][vc_column width=”1/2″][vc_column_text]2) Declaración Jurada de Ingresos de Nuevos Beneficiarios: Para obtener este documento deberá hacer un clic en el siguiente título:
Declaración Jurada de Ingresos de Nuevos Beneficiarios
Impreso este formulario, el trabajador deberá completar correctamente los datos personales que se solicitan y seleccionar en este mismo documento el tipo de declaración que debe realizar de acuerdo a su situación personal entre las siguientes Alternativas.
[/vc_column_text][/vc_column][vc_column width=”1/2″][vc_column_text]
a.- No haber percibido ingresos durante el o los periodos que se señalan.
b.- Haber percibido ingresos los que deben ser detallados de acuerdo a los cuadros indicados en el documento.
Además deberá adjuntar el certificado de cotizaciones previsionales histórico y ambos casos el trabajador deberá estampar su firma en el formulario.
[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row][vc_row][vc_column][vc_empty_space][/vc_column][/vc_row][vc_row][vc_column][vc_column_text]
3) Certificados: Estos documentos deben ser presentados en conjunto con los formularios mencionados precedentemente y de acuerdo al reconocimiento de carga que desea realizar el trabajador:
a.- Certificado de Nacimiento exclusivo para asignación familiar (hijos).
b.- Certificado de alumno regular en original (hijos mayores de 18 hasta 24 años), quienes deben firmar en el casillero declaración Jurada del causante.
c.- Certificado de Matrimonio Exclusivo para Asignación Familiar (Cónyuge).
Quien debe firmar en el casillero declaración Jurada del causante.
d.- Certificado 5º mes de embarazo, visado por COMPIN.
[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row][vc_row][vc_column][vc_empty_space][/vc_column][/vc_row][vc_row][vc_column width=”1/2″][vc_column_text]
De acuerdo a lo anterior y una vez reunida la documentación requerida para solicitar la incorporación de una carga familiar, esta deberá ser enviada a CSC RR.HH. Banmédica S.A., para su tramitación en Caja de Compensación (CCAF), Los Andes.
[/vc_column_text][/vc_column][vc_column width=”1/2″][vc_column_text]
En lo que respecta al reconocimiento de Cargas familiares (Causantes) con efecto retroactivo, que comprenda períodos con distintos valores de asignaciones familiares, los trabajadores deberán presentar la siguiente documentación:
[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row][vc_row][vc_column][vc_column_text]
1.- Solicitud de Asignación Familiar y Maternal.
2.- Declaraciones juradas de Ingresos Vigentes por cada año que se requieran, para determinar el valor de dicho beneficio.
3.- Certificados de acuerdo al reconocimiento de carga que desea realizar el trabajador.
[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row][vc_row][vc_column width=”1/2″][vc_column_text]
Una vez reunida esta documentación, el trabajador deberá presentarla a CSC RR.HH. Banmédica S.A., para su tramitación en Caja de Compensación (CCAF), Los Andes.
La determinación del tramo de Pago de asignación Familiar y del monto retroactivo que corresponda será responsabilidad de CCAF.
[/vc_column_text][/vc_column][vc_column width=”1/2″][vc_column_text]
Entidad que entregará la información mensualmente al empleador. Por lo tanto, el empleador no podrá cancelar pagos de asignación familiar si CCAF, no ha informado los valores involucrados.
[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row][vc_row][vc_column][vc_column_text]
Todas las Cargas Familiares reconocidas o tramitadas durante el mes, serán compensadas y reflejadas en el sistema al mes siguiente, esto de acuerdo a las nuevas disposiciones de la CCAF los Andes.
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