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¿Sabes cuáles son los accidentes de trayecto?…a continuación te contamos más…

Jun 24, 2016

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Existen muchas variables que influyen al momento de determinar si tu accidente es uno de trayecto, a continuación te enseñamos cuáles son los diferentes casos, y qué hacer cuando estos ocurren.

Los accidentes de trayecto son los ocurridos en el trayecto directo, de ida o regreso, entre la habitación y el lugar de trabajo, y aquellos que ocurran en el trayecto directo entre dos lugares de trabajo, que correspondan a distintos empleadores.

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¿Cuándo es considerado un accidente de trayecto?:

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Medio de transporte: Cualquiera sea el medio de transporte, bus, bicicleta, vehículo particular (sea o no el dueño, y vaya o no conduciendo), a pie, metro, etc., el accidente debe ocurrir mientras se viaje entre la habitación y lugar de trabajo o viceversa.

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Entre dos lugares de trabajo (de diferentes empleadores): Cuando un trabajador se dirige desde un empleador a otro y sufre un accidente, se considerará que el accidente dice relación con el empleador al cual se dirigía el trabajador. 

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Lugar de pernoctación: El accidente debe ocurrir al salir del lugar donde duermes (no necesariamente tu domicilio) y el lugar de trabajo o viceversa.

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Picadura de insecto: Si te pica o muerde un insecto si viajas entre tu habitación y lugar de trabajo y viceversa, sin desvíos.

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Edificios o condominios: Los accidentes que ocurren en espacios comunes del edificio donde vives o trabajas cuando están en dirección a tu lugar de trabajo o viceversa también califican como Accidente de Trayecto.

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Mordedura de perro: El ataque o mordedura debe ocurrir entre tu habitación y el lugar de trabajo o viceversa, sin desvíos.

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A la hora de almorzar: Si vas a almorzar a tu domicilio debes tener en cuenta que los accidentes ocurridos en el trayecto directo de ida o regreso entre tu lugar de trabajo y tu domicilio están considerados como accidente de trayecto, mientras que el recorrido sea racional y no interrumpido.

En aquellos casos en que la colación ocurra en un lugar distinto al domicilio (Habitación) y ocurra un accidente, éste será con ocasión del trabajo, toda vez que el accidente se verifique en el contexto de la satisfacción de una necesidad fisiológica como es ingerir alimentos.

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¿Cuándo es accidente de trayecto si eres Agente de Ventas?

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El accidente de Trayecto para un Agente de Ventas, es desde la habitación hacia el primer cliente del día (u oficina de ventas), o desde el último cliente del día (u oficina de ventas) hasta la habitación, no importando el horario ni día de la semana, siempre y cuando cumpla con algunas de las condiciones ya descritas, como por ejemplo trayecto directo y razonable.

Es importante, que cuando visiten clientes en horarios diferentes a los de oficina (muy tarde en la noche o los fines de semana), envíen un correo a su supervisor dando aviso de esto, como respaldo en caso de sufrir un accidente.

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¿Cuándo NO es considerado como un accidente de trayecto?:

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Desvíos: Si por ejemplo acompaña a algún compañero al paradero u otro lugar antes de dirigirse a su habitación., porque no hubo un trayecto directo entre la habitación y el lugar de trabajo o viceversa.

Actividades fuera del horario de trabajo: Si va al supermercado, consulta médica, reunión con amigos y no directamente a su habitación.

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En todo accidente de trayecto, la ley N° 16.744 indica que el trabajador debe presentar al menos un medio de prueba de que el hecho ocurrió.

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Estos medios de prueba pueden ser los siguientes:

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  • Constancia de Carabineros (especialmente en accidentes de tránsito)
  • Certificado de atención de centro asistencial en caso que por la urgencia y gravedad de las lesiones sea uno diferente a la ACHS.

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  • Dos testigos, con nombre, Rut y teléfono de contacto (no pueden ser familiares).
  • En caso de accidente en el Metro, constancia de guardias.
  • Fotografía del lugar.

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  • Proporcionar mayores detalles del entorno o del sitio preciso del accidente, como por ejemplo, trabajos de empresas constructoras o de servicios como agua, gas, etc.
  • Algún otro medio igualmente fehaciente.

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No obstante lo anterior, resulta necesario precisar que en aquellos casos en que la víctima no cuente con testigos o el parte de Carabineros para acreditar que el accidente tuvo lugar en el trayecto, su sola declaración puede llegar a constituir un medio de prueba suficiente, en la medida que se encuentre debidamente circunstanciada respecto del día, hora, lugar y mecanismo lesional relativos al accidente.

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¿Qué debo hacer en caso de sufrir un accidente de trabajo?

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  • Frente a un evento de este tipo y si las condiciones lo permiten, se debe dar aviso de forma inmediata al jefe directo, o con la inmediatez posible.
  • Si no requiere ambulancia, dirigirse al centro ACHS más cercano al lugar del accidente (en casos de accidente de trayecto fuera del horario normal de oficina, puede asistir a ACHS sin dar aviso a la jefatura directa. Cuando el accidente es en horario de oficina, siempre y cuando se den las condiciones, debe avisar a su jefatura antes de dirigirse a ACHS).

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  • Si requiere ambulancia debe llamar al 1404, frente a una urgencia realizarán el traslado en los siguientes casos:
  • Cuando el accidentado no pueda movilizarse por sí mismo
  • Cuando presente inconciencia
  • Cuando presente obstrucciones a la vía aérea o cualquier condición de salud compleja.

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Al momento de la atención debe presentar:

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  • Cédula de identidad
  • Medios de prueba (puede ser al momento de la primera atención, o durante los siguientes días posteriores al accidente, directamente a la ACHS o ser enviados al correo accidenteslaborales@banmedica.cl).
  • Todos los documentos que solicite ACHS como liquidaciones de remuneración, Certificado de renta, u otro documento, serán enviados directamente a la ACHS por el área Legal /Prevención de Riesgos.

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¿Qué pasa luego de la atención?

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  • SI la resolución acoge su accidente como de trayecto, tiene derecho a recibir las prestaciones que la Ley N° 16.744 contempla.
  • Si se determina que el siniestro que tuvo no es un accidente de trayecto, será derivado a su sistema previsional de salud común (FONASA o Isapre). Si esto último ocurre, contacta al área de Legal /Prevención de Riesgos para que te oriente y te indique los pasos para realizar una apelación, ya sea como empresa o en forma personal ante la Superintendencia de Seguridad Social según sea el caso.

Si tienes alguna duda respecto de la información contenida en este documento, por favor contacta a Georgeanna Child, del área Legal / Prevención de Riesgos de la División de Recursos Humanos al teléfono 27825636 o al correo: gchild@banmedica.cl.

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TU BIENESTAR NOS IMPORTA

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Legal / Prevención de Riesgos.

División Recursos Humanos.

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Una respuesta a “¿Sabes cuáles son los accidentes de trayecto?…a continuación te contamos más…”

  1. laura machuca dijo:

    Súper buena la información entregada y muy aclaratoria.

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